La aplicación del Derecho en el Virreinato del Río de la Plata

María Rosa Pugliese (Universidad de Buenos Aires)

En comunicaciones efectuadas en anteriores Congresos del Instituto Internacional de Derecho Indiano nos hemos ocupado de las fuentes del derecho indiano, adoptando como marco de estudio la gobernación y el virreinato del Río de la Plata. En ésta, nos interesa seguir analizando, en particular, la aplicación propiamente dicha de ese multifacético derecho, a través de los dictámenes y decisiones judiciales, emanadas de quienes ejercieron la magistratura indiana rioplatense.  Aprovechando un rico material que recogimos en distintos momentos, los expedientes judiciales del período virreinal nos sirven como material de referencia para este estudio y reflexión sobre la esencia del derecho indiano que  justamente emana de su aplicación.  

Extraemos así elementos sustanciales que hacen a la realidad americana, la relación entre la jurisdicción real y las restantes y las hipótesis de subordinación o preferencia que respectivamente se dan entre ellas. En particular nos interesa rescatar las normas expresas o implícitas y los principios de los que se echa mano para resolver cuestiones entre particulares o para ordenar la vida local dislocada por la actuación de un mal funcionario. Cabe señalar que fueron de uso frecuente, es decir, aplicadas,  las recopiladas indianas y castellanas, las Partidas, la costumbre, la práctica, reglamentos específicos, el ejemplar, etc. 

Ellas emanaban de quienes ejercían la justicia capitular,  quienes ejercieron como fiscales de la Real Audiencia de Buenos Aires y de los Virreyes del Río de la Plata. Se desenvuelven en autos interlocutorios y sentencias o, en el caso del Tribunal Superior con ocasión de confirmar o revocar sentencias, acoger pedidos de moderación de penas, analizar la actuación de jueces inferiores y sus auxiliares y funcionarios, entre otras.

La importancia del uso y aplicación de normas y principios fue apuntado por Rafael Altamira, cuando al estudiar el derecho indiano, sea de origen metropolitano cuanto el proveniente de autoridades locales, subrayó que las aplicaciones permitían avizorar un derecho autónomo, emanado de las facultades otorgadas a las autoridades para producirlas y rescató, sobre todo los resultados que derivaban de ese uso.

Temas puntuales que hemos elegidos son interesantes para reflejar la labor de la magistratura indiana y justamente la aplicación del derecho a través suyo.

Zur Redakteursansicht