El derecho en los catálogos de venta de los libreros sevillanos: la circulación de impresos jurídicos en mundo atlántico (1680-1689)

Pedro Rueda Ramírez (Universitat de Barcelona)

En Sevilla se publicaron entre 1680-1689 cinco catálogos impresos para la venta de libros en los territorios del virreinato de Nueva España. Los catálogos están relacionados con el librero e impresor Tomás López de Haro que utilizó los canales de distribución de la Carrera de Indias para abastecer el mercado americano. Estos libros se cargaron en los navíos que fueron a Veracruz y se vendieron en Puebla de los Ángeles y en México. Los catálogos reflejan el papel clave que tuvieron los libreros sevillanos en el tráfico de libros a través de la Carrera de Indias.

En España la publicación de catálogos impresos publicados separadamente se inició tardíamente. El primero conocido fue publicado en Madrid en 1597. En el siglo XVII fueron publicados algunos catálogos para la venta de bibliotecas particulares (los casos más conocidos son los de la venta de los libros de Diego de Arce y de Lorenzo Ramírez de Prado), pero apenas conocemos la existencia de otros catálogos de venta, que sin duda existieron y se convirtieron en medio de venta de surtidos de libros. El estudio de Martínez Pereira e Infantes sobre los tres catálogos (1687, 1690 y ¿1705-1715?) del librero-editor madrileño Gabriel de León y sus herederos revela la existencia de catálogos madrileños. El caso de López de Haro se enmarca en este contexto, pero con la peculiaridad de publicitar libros de las tiendas sevillanas destinados al público novohispano.

Los títulos declarados en los catálogos provenían de imprentas de Europa, con una presencia notable de los libros de religión, derecho, medicina, matemáticas, astronomía y literatura. El mercader y librero Diego Crancer publicó en 1680 el primer catálogo impreso que conocemos de venta de libros europeos en Nueva España. A continuación López de Haro publicó otros en 1682, 1683, 1687 y 1689. Se trata de rarísimos catálogos de los que se conserva un único ejemplar de cada uno de ellos, el de 1689 en el Archivo General de Indias y el resto en el Archivo General de la Nación de México. En estos últimos casos los catálogos forman parte de expediente inquisitoriales, como es el caso de los de 1682 y 1683 que se adjuntaron a los “autos en razón de las manifestaciones de libros hechas ante el comisario de la ciudad de la Nueva Veracruz que han venido en esta presente flota que está surta en el puerto de dicha ciudad” que remitió a México desde Veracruz el comisario Martín Romero de Figueroa.

En cada catálogo se anotaron “libri iuridici” con textos esenciales del derecho civil y canónico, comentarios, consejos, decisiones, praxis, obras de derecho romano y textos esenciales de la legislación castellana como Las siete Partidas del Sabio Rey Don Alonso el Nono de Gregorio López de Tovar. Algunos títulos resultaban comunes en otros envíos de la época, incluyendo a autores de prestigio como “Menochij Opera Juridica, 18. tom.”, textos universitarios como las Lectiones salmanticenses de Juan de Balboa de Mogrovejo, pero otras obras revelan una selección menos habitual con libros recién publicados como el Tractatus de jure devolutionis de Pieter Stockmans, e incluyendo algunos libros que despertaron sospechas entre los inquisidores mexicanos.

La correspondencia de los inquisidores de México permite detectar algunas denuncias contra libros importados por el librero Tomás López de Haro o su cuñado Diego Crancer. Entre los libros de derecho que despertaron las sospechas encontramos obras de Arnoldus Vinnius, Matthias van Wesenbeke o de Johann Schneidewein, que fueron retenidas por el comisario inquisitorial de Puebla de los Ángeles. Aunque estos textos tuvieron problemas puntualmente en 1680 se volvieron a embarcar en los años siguientes. En el caso de Vinnius fue etiquetado como “authoris damnati”, pero se siguió enviando a América, leyéndose y citándose en tratados jurídicos de manera habitual. Los problemas puntuales de algunos de estos textos no parece que pudieran impedir su circulación, mostrando la diversidad de obras jurídicas disponibles en el mercado del libro en la segunda mitad del siglo XVII.

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